Fallo del TC declara como inconstitucional artículo que prohíbe que universidades tengan sostenedores con fines de lucro
27 de Marzo 2018 | Publicado por: Fernando Velásquez
Con una votación de seis votos contra cuatro, el Tribunal Constitucional (TC) declaró esta mañana como “inconstitucional” el artículo 63 de la Ley de Educación Superior, norma que prohíbe a las universidades, centros de formación técnica e institutos profesionales del país tener como sostenedores a personas o instituciones con fines de lucro.
Esto, ya que la entidad considera que este aspecto transgrede el derecho a la libertad de enseñanza y educación establecido en la Constitución, lo que ha reabierto el debate respecto a esta temática. De hecho, Felipe Harboe, senador por el PPD, se manifestó a través de redes sociales en contra del fallo.
Me informan que TC declaró inconstitucional prohibición del lucro en controladores de educación superior. Presidente @sebastianpinera si quiere acuerdos partamos por reformar el TC y evitar siga afectando las instituciones democráticas
— Felipe Harboe B (@felipeharboe) 27 de marzo de 2018
A pesar que el fallo del TC es inapelable, la ley vigente permite al Presidente acudir al veto en estos casos, o bien, el envío de un nuevo proyecto que subsane los errores encontrados por el tribunal.