De forma unánime, la Comisión de Constitución aprobó la reforma constitucional que faculta al juez de familia a autorizar el retiro forzado de fondos de pensiones de las personas que adeuden pensiones de alimentos. No será necesario que el afiliado solicite el retiro de su 10%, pues lo hará el tribunal.
La iniciativa surgió tras los problemas para esta solicitud durante el primer retiro del 10% de fondos desde las AFP, en que muchos deudores de alimentos prefirieron no retirar sus ahorros para no pagar lo adeudado a sus hijos o hijas. De las mas de 500 mil causas en tribunales, 250 mil aún no han sido pagadas a los niños, niñas y adolescentes.
De acuerdo a la iniciativa, ahora serán los propios tribunales quienes notificarán a las AFP si un afiliado mantiene deuda de pensión de alimentos.
La propuesta legal ahora deberá ser votada por la sala de la Cámara de Diputados y luego en el Senado. De ser despachada, se aplicará a todos los retiros de fondos aprobados y a los que surjan en el futuro.