Proceso Constitucional: iniciativa "Con mi plata no" junta firmas y será revisada por el Consejo

30 de Junio 2023 | Publicado por: Equipo Digital
Fotografía: Twitter | Proceso Constitucional

El movimiento dice que su iniciativa refleja “la preocupación de miles de chilenos por las bajas pensiones”, la cual “fue una de las grandes demandas sociales que se manifestó en la marcha del millón, del 25 de octubre de 2019. Pensiones que no permiten vivir a los jubilados de una manera digna".

Nuevamente sobre la palestra: la iniciativa popular de norma “Con mi plata no: Protejamos nuestros ahorros previsionales” superó las 10.000 firmas de apoyo.

De esta manera, se transformó en la primera medida ciudadana que será revisada por el Consejo Constitucional.

Acorde al texto, “Con mi plata no” persigue que se garantice el derecho a la seguridad social -el cual estaría plasmado en la nueva Constitución- a través de cinco puntos:

  • El Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, desempleo, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias fijadas en la ley. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.
  • El Estado deberá asegurar un sistema de pensiones cuyas cotizaciones sean de propiedad de cada trabajador. Las cotizaciones y los fondos generados por estas tendrán el carácter de heredables, inalienables, imprescriptibles, inembargables, inexpropiables, y no podrán ser objeto de nacionalización o estatización bajo ninguna modalidad ni circunstancia. Las personas tendrán siempre el derecho a elegir libremente el ente encargado de administrar e invertir sus fondos, sean privados o públicos.
  • Los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones.
  • El Estado regulará y supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social, de conformidad a la ley.
  • Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quorum calificado.

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