En 2022 se publicó la Ley 21.494, en la que tipificó como delito el ingreso, por parte de cualquier persona, de elementos prohibidos que permitan a los reos comunicarse con el exterior.
Sin embargo, y a propósito de los denominados “Cuentos del tío” realizados desde los centros penitenciarios, es que los diputados aprobaron un proyecto para modificar la ley y tipificar también como delito la tenencia de celulares y tablets.
El proyecto establece una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día). Ello, para quien, encontrándose privado de libertad en un establecimiento penitenciario, tenga en su poder celulares, parte de ellos, chips o aparatos de telecomunicación.
También se castigará al funcionario público que, conociendo esta tenencia no autorizada, no la denuncie a la autoridad del establecimiento penitenciario. La sanción será de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días). Asimismo, se le aplicará una suspensión en su grado mínimo a inhabilitación absoluta temporal en cualquiera de sus grados para el ejercicio del cargo u oficio.
Ahora, el Senado tendrá la palabra.