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Feriados irrenunciables: ¿qué comercio tiene permitido abrir?

Equipo Digital
Fotografía: Contexto | Pexels
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Según información de la Dirección del Trabajo (DT) corresponde como feriado irrenunciable a los trabajadores del sector comercio los días 25 de diciembre y 1 de enero. Sin embargo, existen algunas excepciones.

Roxana Rubio Arévalo, directora regional del Trabajo en el Biobío, afirmó que “las excepciones son los establecimientos de entretención o locales comerciales que se desempeñen, por ejemplo en restaurantes, discotecas, clubes, bares, casinos que estén reconocidos por la Ley; aeropuertos, bombas de bencina”.

“En estos casos opera la alternancia del feriado bianual. ¿Qué quiere decir esto? Significa que si un trabajador, el año pasado, por ejemplo, que trabajó en una farmacia, el día 25 de diciembre o 1 de enero, el próximo año le corresponde descanso; esto debido al régimen de alternancia de estos feriados irrenunciables“, aseveró la directora del Trabajo del Biobío.

¿De qué manera se fiscalizará que se cumpla esta norma?

“Los inspectores de terreno, se van a encontrar desplegados en las tres provincias, en la IPT Biobío Los Ángeles, IPT Arauco, Lebu, en la ICT de Curanilahue, Concepción, Talcahuano, Tomé, Coronel, y vamos a estar verificando que los empleadores cumplan, tanto con el feriado irrenunciable para los trabajadores del sector comercio peor que también cumplan con este régimen de alternancia en el otorgamiento del feriado bianual”, aseveró Rubio.

¿Y qué horario tendrá el comercio y las excepciones? En cuanto a navidad, los feriados irrenunciables parten desde las 20:00 horas del 24 de diciembre y terminan a las 06:00 horas del 26 de diciembre. Y respecto del feriado irrenunciable del 1 de enero, “parte el 31 de diciembre a las 20:00 horas y termina el día 2 de enero a las 06:00 am”, afirmó la directora del Trabajo, Roxana Rubio.

¿Cómo denunciar las transgresiones a estos reglamentos? A través de las oficinas de manera presencial, pero en estos casos, sobre todo en los días de feriado irrenunciable, 25 de diciembre y primero de enero; se encuentra disponible la plataforma que está en la página www.dt.gob.cl.

“Ahí hay un banner especial para que los trabajadores puedan ingresar sus denuncias, porque no se les está respetando este feriado irrenunciable, siempre y cuando sean del sector comercio, y utilizando solo su clave única. O también pueden llamar al Centro de Atención Telefónica, que es el número 600 450 4000”, afirmó la directora regional.

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