Este próximo 1 de abril se da inicio a la etapa de declaración de renta. El proceso tributario se enmarca en el mecanismo que, liderado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y su sistema, calcula si es necesario pagar impuestos extras o bien, recibir una devolución por el pago de estos mismos en exceso.
Según la proyección del SII, a nivel nacional son un poco menos de 5 millones de contribuyentes los que deben realizar este ejercicio tributario.
La realización de este importante proceso, permite a los contribuyentes acceder a beneficios tributarios tales como rebajas por gastos en educación o bien, dividendos hipotecarios.
Pero, ¿cuáles son las fechas clave para la Operación Renta este 2025?
Para comenzar, es necesario recordar que el período de declaración de renta inicia el 1 de abril, momento en el cual estará disponible la opción para enviar su declaración.
Vale mencionar que desde el 1 de marzo se pueden presentar las Declaraciones Juradas (DDJJ) y atención, porque hay varios formularios que ya están próximos a su fecha de vencimiento. Para conocer en detalle las instrucciones detalladas para la confección de DDJJ de este 2025, haz click en el siguiente enlace.
Ahora bien, según lo indicado por el Servicio de Impuestos Internos este es el calendario con las fechas clave para realizar la Operación de Renta este 2025.
- 1 de abril: se da inicio a la presentación del Formulario 22 (F22).
- 30 de abril: es la fecha límite para enviar la declaración al SII.
- 15 de mayo: este es el plazo final para realizar correcciones o rectificaciones a tu declaración de renta en el caso de ser necesario.
Es necesario recordar que mientras más rápido se haga el mencionado ejercicio tributario, recibirás los fondos con más celeridad.
¿Cuáles serán las fechas para recibir la devolución?
Según informó el SII, las declaraciones realizadas a entre el 1 y 8 de abril permiten recibir la devolución (vía transferencia electrónica) el 25 del mismo mes.
Mientras que las efectuadas entre el 09/04 y 21/04; 22/04 y 28/04; y el 29/04 y 09/05, obtendrían su devolución el 14, 23 y 30 de mayo respectivamente.
En el caso de las declaraciones que exijan la devolución mediante cheque, la fecha única de emisión es el 30 de mayo.