La Corte Suprema rechazó un recurso de protección que buscaba dejar sin efecto la declaración de monumento histórico otorgada en 2017 a la ex fábrica textil Bellavista Oveja Tomé, considerada un símbolo del desarrollo industrial y social durante el siglo XX.
La acción judicial había sido interpuesta por la Sociedad Puerto Madero en contra del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), acusando una supuesta privación de sus derechos como propietaria del inmueble, lo cual fue definitivamente desechado por el máximo tribunal del país.
El fallo de la Corte Suprema estableció que la declaración de monumento histórico impone limitaciones respecto del inmueble, las que “no importan una carga a la propiedad privada y tampoco supresión en modo alguno del dominio“, por lo cual “no puede ser entendido como un acto administrativo de efectos expropiatorios”, sino “una mera limitación al derecho de dominio basado en la función social de la propiedad”.
Vecinos conformes
En conversación con TVU Noticias, Daniel Cartes, representante de los vecinos que defendieron la declaratoria, expresó su satisfacción con este fallo.
Acusó que la Sociedad que reclamaba por la propiedad había dejado de utilizar el inmueble como fábrica antes de la declaratoria. Indicó que había proyectado un negocio inmobiliario en el lugar, lo que movilizó a la comunidad por la protección del patrimonio.
“La comunidad ya dijo que se debe proteger el inmueble y ahora está en manos de la institucionalidad poder salvaguardarlo”, enfatizó Cartes, señalando al Gobierno Regional, Municipalidad, el Consejo de Monumentos y al Ministerio de las Culturas.