Durante mucho tiempo ha existido jurisprudencia en fallos contra las Isapres, que se niegan a pagar tratamientos de alto costo de distintas enfermedades catastróficas de sus afiliados.
El Presidente de la Corporación de Asistencia Jurídica del Colegio de Abogados, Ignacio Sapiaín, explicó uno de los orígenes del incumplimiento de las aseguradoras para pagar algunos tratamientos. “La constitución no asegura el derecho a la salud, no está garantizado por el recurso de protección, y uno como abogado tiene que enlazarlo con el derecho a la vida, por eso se obtienen los recursos de protección”.
Ante la problemática, el experto explicó que el sistema es extremadamente complejo y lamenta las enfermedades que las Isapres clasifican como preexistente o costosas, para aludir el compromiso con el afiliado. “Esa es una política de funcionamiento de cada una de las isapres, es una constante. En casos muy excepcionales, han cumplido, pero en otros, lamentablemente el ciudadano común, debe recurrir ante un tribunal simplemente para tener esta atribución de salud”.
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